El derecho a la formación como obligación laboral
Todos conocemos las obligaciones formativas de las empresas en PRL o Prevención de riesgos laborales. Desde hace unos años se ha sumado la obligación de cumplir con el #PlandeIgualdad, y por tanto la obligación de formar al respecto, por aquellas empresas con plantillas de más de 50 trabajadores/as.
Pero son muchas las empresas que desconocen que desde el año 2012, es decir, desde hace más de 10 años, en cumplimiento con el Real Decreto-ley 3/2012, el trabajador o trabajadora con más de un año de antigüedad en la empresa tiene derecho a 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo. Y no solo eso, sino que además en caso de no haberse atribuido ese disfrute, son acumulables por un periodo de hasta 5 años. Y esto independientemente a muchos convenios colectivos que incrementan hasta las 40 horas anuales.
¿A qué es debido esta dejadez? Muy posiblemente a desconocimiento, ya que toda empresa esta obligada a formar a sus trabajadores, y si no lo cumplen están incurriendo en el incumplimiento la ley, con lo que conlleva a importantes sanciones por parte de Inspección de Trabajo en caso de ser denunciada por el trabajador o trabajadora.
Sin excusas, la empresa debe hacerse cargo económico de esta formación, aunque podrá ser con cargo a las bonificaciones de la Seguridad Social, #fundae, o a través de soluciones que sean “económicas” por su rentabilidad a la empresa.
Y es que estamos de acuerdo que el #talento en la empresa pasa por sensibilizar y formar a los empleados y empleadas, pero valorando siempre que sea una inversión y no un gasto recurrente. Desde #APPLITALENT hemos diseñado nuestros contenidos formativos y nuestra tecnología para que esto sea fácil y eficaz, ayudando no solo a fomentar el talento en la empresa, sino también a ayudar a gestionar sus obligaciones legales con el trabajador de forma rentable y económica.
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